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Qué hacer después de un Accidente de Tráfico

Qué hacer después de un Accidente de Tráfico

Descubre qué tienes que hacer si has sufrido un accidente de tráfico. Si te has visto involucrado en un siniestro, un atropello, has sufrido daños o los ha sufrido otra persona o vehículo, tienes que actuar de una determinada manera para que, tanto tú como todas las personas involucradas, puedan recibir la asistencia correspondiente por parte de los sanitarios, si fuera necesario, y de las aseguradoras para determinar la indemnización a los perjudicados.

En caso de accidente de tráfico está previsto que la parte responsable, a través de la aseguradora del vehículo infractor y causante del siniestro, indemnice a la parte afectada. Esto incluye los daños personales sufridos tanto para el conductor como para sus acompañantes y los daños materiales, como es por ejemplo, el sufrido en el propio vehículo.

 

 

Qué hacer tras sufrir un accidente de tráfico resumido en 7 pasos

Si has sufrido un accidente de tráfico, haz uno a uno estos 7 pasos para poder afrontar con garantías las consecuencias que puedan derivarse tras el siniestro:

 

1. Avisar a la Policía o a la Guardia Civil

Lo primero que se tiene que hacer tras sufrir un accidente de tráfico es avisar a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado. Tanto la Policía como la Guardia Civil son la autoridad encargada de dar fe de los hechos en un atestado tras un accidente de tráfico. Son los encargados de describir de forma imparcial y objetiva las características del accidente y de dejar constancia de ello en un documento oficial que será clave para futuras indemnizaciones y reclamaciones.

 

2. Realizar el Parte de accidente

El parte amistoso o también conocida como Declaración Amistosa de Accidente (DAA) es el documento que se utiliza para describir lo que ha ocurrido tras un accidente de tráfico. En él se explican las causas y los hechos que han producido el siniestro de forma ordenada, incluyendo la culpabilidad del siniestro, un croquis que explique gráficamente lo ocurrido, información sobre lesiones, fotografías y los datos de los involucrados.

 

3. Acudir al hospital después del accidente

Si tras el accidente de tráfico notas o has sufrido un daño o lesión, tienes que acudir al hospital para que te revise un profesional médico y haga el correspondiente parte de lesiones. Es otro de los documentos de mayor importancia en caso de reclamación que en algunos casos se realiza en el propio escenario del accidente porque acude al lugar una ambulancia. Es recomendable acudir al hospital incluso cuando no se aprecia dolor porque, como es el caso del latigazo cervical, se nota el dolor al día siguiente. De todos modos, tienes 72 horas desde que se sufre el accidente para acudir a un centro médico para realizar la revisión correspondiente que pueda emitir un parte de lesiones.

 

4. Informar a tu aseguradora

Después del accidente de tráfico se tiene que informar a la aseguradora de lo ocurrido. Además, si eres el causante, debes informar en el plazo de tiempo más corto posible. Normalmente, para estos casos el plazo está estipulado en 7 días tras el accidente. Si has sufrido lesiones y daños materiales sin ser el culpable del accidente, el plazo para reclamar es mayor. Tanto él como sus herederos (en caso de fallecimiento), tienen un plazo de 1 año para realizar una reclamación para percibir una indemnización.

 

5. Comprobar que la póliza del seguro tiene defensa jurídica

Tras un accidente de tráfico es aconsejable comprobar que la póliza contratada dispone de cobertura en defensa jurídica. En caso de tenerla, permite contratar servicios externos a la compañía de seguros. Un abogado de accidentes de tráfico tratará de pactar una indemnización mayor que la que la aseguradora ofrece tras un accidente un siniestro con daños personales y/o materiales.


6. Realizar una reclamación para cobrar una indemnización (víctima)

En caso de no ser el causante del siniestro, tienes que reclamar a la aseguradora una indemnización por daños y por lesiones. En el plazo máximo de 3 meses recibirás una oferta por parte de la aseguradora desde que recibió la reclamación, en el que se detalla la indemnización que se ofrece por los daños personales y materiales y estipulándose una cantidad como indemnización a percibir que, por lo general, suele ser inferior al que estipula el Baremo de Accidentes.

 

7. Evaluar daños (culpable)

Dependiendo de si se es el culpable o se es la víctima de un accidente de tráfico, las consecuencias sobre cada uno de los actores del siniestro tienen diferente forma de actuar. Si se es el culpable, en primer lugar tratará de llegar de una forma amistosa a redactar el parte y se pondrá en contacto con las autoridades (Policía o Guardia Civil). Si se es la víctima, se tendrá que evaluar la reclamación judicial que pudiera haberse dado y hará una reclamación por daños, los cuales tendrá que evaluar un perito de la Aseguradora que cubre al culpable del accidente. Las cantidades por reclamaciones de indemnización depende de factores como la gravedad del accidente o la cuantía de los daños causados sobre bienes materiales (coche), los cuales tendrá que hacer cargo el culpable del accidente de tráfico. A continuación evaluamos una a una las circunstancias que se desprenden de cada una de estos casos.



Qué hacer si soy el CULPABLE del accidente de tráfico

Si has sufrido un accidente y ha sido tu culpa, lo mejor que puedes hacer en este caso es:

  • Intentar llegar a un acuerdo con la víctima del accidente rellenando un parte amistoso de accidente.

Este parte servirá de documento para que las compañías de seguros de ambas partes tengan conocimiento de los datos del vehículo y de los accidentados, conozcan lo sucedido y se encarguen de reparar los daños causados.

En caso de no llegar a un acuerdo con la otra parte, deberá:

  • Ponerse en contacto con la Policía Nacional o la Guardia Civil y que ellos se encarguen de evaluar los daños materiales y daños personales causados por el accidente y recoger toda la información de ambas partes en un atestado.

 

Qué hacer si soy la VÍCTIMA del accidente de tráfico

En caso de ser la víctima de un accidente de tráfico, tienes que saber que tienes derecho a ser indemnizado por los daños sufridos, sean físicos o materiales. Además, el culpable tiene la obligación de llamar a la Policía Nacional o la Guardia Civil. Si no lo hiciera, porque se niega a hacerlo o se da a la fuga, hazlo tú o tus acompañantes lo antes posible.

Al ser la víctima del accidente, como ya hemos avanzado, tienes derecho a reclamar. La reclamación tiene dos formas oficiales de solicitarse: vía judicial o vía extrajudicial. Veamos las diferencias:

  • Reclamación judicial

Este tipo de reclamación se solicita cuando el accidente puede considerarse como delito o cuando la compañía no ofrece una indemnización que se corresponde con la gravedad de lo ocurrido.

En caso de delito, se tiene que realizar una denuncia para que se pueda tramitar mediante procedimiento penal. Una vez hecho, se tendrá que esperar a la resolución y, en caso de ser favorable, se establecerá una indemnización que se corresponderá con los daños sufridos.

En caso de que la compañía no ofrezca la indemnización pertinente, se interpondrá una demanda de reclamación de la cantidad que se considere oportuna ante un juzgado civil.

  • Reclamación extrajudicial

Este tipo de reclamación no requiere un juicio y, por lo tanto, se deriva a la negociación entre las aseguradoras para acordar una indemnización adecuada a lo ocurrido.

 

Qué hacer si se ha sufrido DAÑOS o LESIONES FÍSICAS

Si alguien ha sufrido daños personales tras el accidente, sea conductor, viajero o peatón, se debe:

  • Solicitar un parte de asistencia médica. Este documento recogerá los daños producidos como consecuencia del accidente de tráfico. Este parte médico servirá como prueba para una futura reclamación de compensación para las compañías de seguros.
  • Informar a la aseguradora. Además, junto a este parte se debe informar a la aseguradora de que se ha producido un accidente antes de los 7 días posteriores al siniestro.

La cuantía de la indemnización tras un accidente de tráfico se calcula de acuerdo a unos baremos y reglas que tienen presente multitud de factores. Por ejemplo, que el accidente es causante de lesiones temporales, permanentes o muerte, así como considerar el tiempo de baja, la gravedad de las lesiones, las heridas o las secuelas producidas.

Existen, por lo tanto, diferentes tipos de indemnización si eres víctima de un accidente de tráfico.

 

Indemnización por incapacidad

Por lo tanto, existen diferentes indemnizaciones por incapacidad tras un accidente de tráfico: Incapacidad absoluta, gran invalidez, invalidez total o invalidez parcial. Veamos las diferencias:

  • Incapacidad absoluta: Cuando la víctima tiene una incapacidad anatómica o funcional que requiere la asistencia de otra persona para realizar las tareas diarias como alimentarse, asearse o desplazarse.
  • Gran invalidez: Cuando la víctima no puede volver a realizar su profesión como consecuencia del accidente.
  • Invalidez total: Cuando la víctima no puede realizar las principales tareas de su profesión pero sí puede realizar otras menos exigentes.
  • Invalidez parcial: Cuando la víctima tiene una disminución de al menos un 33% de su rendimiento físico para realizar su profesión.

 

Indemnización por secuelas

Este tipo de indemnización se calcula teniendo presente la edad y las circunstancias de la víctima. Lo importante en estos casos es que el parte médico recoja las secuelas y determine si son leves o son graves para poder calcular adecuadamente la indemnización correspondiente.

Suelen añadirse a estos tipos de indemnización los gastos del tratamiento requerido para tratar las lesiones, así como los honorarios médicos, los gastos en rehabilitación, medicamentos o prótesis.

 

Indemnización por muerte

En caso de accidente con muerte, la indemnización tiene presente el daño moral y la pérdida económica como consecuencia del fallecimiento de la víctima. Depende de la edad y de las circunstancias que han producido el accidente para evaluar una indemnización.

Las personas que tienen derecho a reclamar una indemnización en estos casos son los herederos, las personas que dependían económicamente y de la pareja del fallecido.

 

Qué hacer cuando hay DAÑOS MATERIALES

En caso de haber sufrido daños materiales, es decir, aquellos daños que afectan al vehículo o a cualquier objeto como consecuencia del accidente, se debe:

  • Informar a la compañía aseguradora en un plazo de 7 días desde que se ha sufrido el siniestro.

La compañía enviará un perito para evaluar los daños del vehículo o de los objetos y éste se encargará de realizar un parte de accidente.

  • Reclamar una reparación de los daños causados.

Como propietario del vehículo, tiene derecho a exigir que le subsanen los daños materiales ofreciendo la reparación o el importe de dicha reparación tras realizarse el peritaje del vehículo o de los objetos siniestrados. En caso de no repararse, se tiene derecho a una indemnización por el valor de la venta como consecuencia de los perjuicios causados.

En caso de dañarse otro tipo de objetos que no sean el vehículo, no olvides conservarlos aunque estén dañados porque constituirán una prueba del siniestro, así como las facturas de los objetos nuevos sustitutivos para futuras reclamaciones.

 

Qué hacer en caso de SINIESTRO TOTAL

Si tu vehículo ha quedado siniestro total, tienes dos formas de reclamar la devolución de los daños sufridos en caso de ser el propietario del mismo: 1, reparando el vehículo en caso de acceder al pago de la factura del mecánico o, 2, recibiendo una indemnización por el valor venal o de mercado del vehículo.