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Abogados Pensión Alimenticia

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Un abogado de Pensiones te puede ayudar en la gestión de la demanda de la pensión de alimentos de los hijos de padres que están en un proceso de separación o divorcio.

Si tienes un problema o una demanda relacionada con el pago periódico que el progenitor o progenitora que no tenga la custodia tiene que realizar como colaboración en la crianza y desarrollo del hijo o hijos, ponte en contacto con un abogado que sea especialista en Pensión Alimenticia. A diferencia de la Pensión Compensatoria, que es la que recibe el cónyuge que queda en desigualdad tras la separación o divorcio, la pensión alimenticia es un régimen especial que protege el derecho de los menores en forma de ordenamiento jurídico. La pensión alimenticia engloba lo indispensable para el cuidado del niño, como es dar Sustento, Educación, Ropa y Asistencia Médica, es decir, todos aquellos gastos referentes del día a día.

Los mejores abogados especialistas en Pensión Alimenticia

  • Abogado Estévez Advocats

    Estévez Advocats

    Estévez Advocats es abogado de Familia, especializado en Pensión Alimenticia con sede en la provincia de Carrer de Copenhaguen, 233, Sabadell, España.

    Provincia: Barcelona

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  • Abogado Violeta Bortone

    Violeta Bortone

    Violeta Bortone es abogado de Familia, especializado en Pensión Alimenticia con sede en la provincia de Calle del Camino de los Vinateros 106.

    Provincia: Madrid

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  • Abogado Abogado Civil Penal - Deltell Advocats Abogados

    Abogado Civil Penal - Deltell Advocats Abogados

    Abogado Civil Penal - Deltell Advocats Abogados es abogado de Familia, especializado en Pensión Alimenticia con sede en la provincia de C/Rosselló 42.

    Provincia: Barcelona

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  • Abogado GOMEZ Y ASOCIADOS ABOGADOS

    GOMEZ Y ASOCIADOS ABOGADOS

    GOMEZ Y ASOCIADOS ABOGADOS es abogado de Familia, especializado en Pensión Alimenticia con sede en la provincia de Calle Guardia Civil, número 5, 06001 Badajoz, Badajoz, España.

    Provincia: Badajoz

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  • Abogado Castellanos y Asociados

    Castellanos y Asociados

    Castellanos y Asociados es abogado de Familia, especializado en Pensión Alimenticia con sede en la provincia de C/ Tintes nº 13 Bajo, 16001, Cuenca.

    Provincia: Cuenca

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  • Abogado Alvarez Abogados Tenerife

    Alvarez Abogados Tenerife

    Alvarez Abogados Tenerife es abogado de Familia, especializado en Pensión Alimenticia con sede en la provincia de Calle Teobaldo Power, no 7, El Médano, Santa Cruz de Tenerife, España.

    Provincia: Santa Cruz de Tenerife

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  • Abogado RUBÉN MERINO ACEVEDO

    RUBÉN MERINO ACEVEDO

    RUBÉN MERINO ACEVEDO es abogado de Familia, especializado en Pensión Alimenticia con sede en la provincia de Calle Carmen, no 7, 24001 León, España.

    Provincia: León

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  • Abogado Despacho de Abogados Guzmán & Cubero

    Despacho de Abogados Guzmán & Cubero

    Despacho de Abogados Guzmán & Cubero es abogado de Familia, especializado en Pensión Alimenticia con sede en la provincia de Calle del Poeta Joan Maragall, 55, 28020 Madrid, Madrid, España.

    Provincia: Madrid

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Cuándo se paga la Pensión Alimenticia 

La Pensión Alimenticia se tiene que pagar a aquellos hijos que sean menores de edad y a mayores o emancipados que no tengan recursos económicos para hacer frente a sus gastos. De igual modo, cuando el hijo cumple 18 años y es mayor de edad, se puede seguir pagando la pensión alimenticia hasta que éste tenga recursos económicos propios. 
La Pensión Alimenticia se tiene que pagar desde que aparece la Sentencia, pero también puede tener carácter retroactivo, incluyendo los atrasos desde que los niños lo necesitan. 
La Pensión Alimenticia tienen que pagarla aquellas personas que se divorcian o separan y que no tienen la guarda y custodia de los hijos, así como quien tenga la custodia pero que les toque pagar pensión de alimentos.   

Qué pasa Cuando No Se Paga la Pensión Alimenticia

En caso de no abonarse la pensión de alimentos de los hijos, el otro cónyuge puede reclamar su pago de 2 formas: Puede solicitarlo vía Civil, en el mismo Juzgado donde se aprobó la pensión de alimentos, para que se dé la orden de ejecución de dicha sentencia. La segunda vía es la Denuncia Penal por impago de pensión de alimentos. 
Por dicha vía se podrá reclamar la totalidad de los impagos y, además, suponer consecuencias penales para el progenitor que no ha realizado los pagos acordados. La pena por no pagar la pensión de alimentos es de, por un lado, de 3 meses a 1 año de Prisión o el pago de una Multa de 6 a 24 meses.   

Cómo Calcula la Pensión de Alimentos un Abogado Especialista en Pensiones

Calcular la Pensión Alimenticia es algo que un profesional especialista en casos de Pensión de Alimentos te hará en aquellos casos de separación o divorcio. Para ello existen multitud de variables y criterios que un Juez valorará para fijar la cantidad de la pensión de alimentos que se tiene que abonar por hijo. Los criterios que se tienen que valorar y que un abogado especialista en pensión de alimentos te calculará de una forma profesional son:
  1.         El número de hijos;
  2.         El ingreso de los progenitores;
  3.         El lugar de residencia;
  4.         Las necesidades principales de los hijos y, si las hubiera, las necesidades especiales como minusvalías o enfermedades;
  5.         Las necesidades económicas específicas de los padres, como pueden ser hipotecas, préstamos o alquileres.
Lo que no se contempla, por ejemplo, a la hora de calcular la pensión de alimentos son todos aquellos gastos que se consideren extraordinarios.   


Cuál es el Mínimo de Pensión Alimenticia en España 

Calcular el mínimo de Pensión Alimenticia en España ha sido uno de los temas que mayor jurisprudencia se ha dado en las Audiencias Provinciales en España ya que existen muchos casos en los que el progenitor o progenitora que tiene que aportar la pensión no tiene recursos para hacer frente ningún gasto mensual. 
El mínimo vital a favor de los menores en forma de prestación de alimentos, según la jurisprudencia en España, oscila desde los 100 a los 200 €, a pesar de que el progenitor, como decíamos, no tenga ningún ingreso (excluyendo enfermedad o incapacidad).

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