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Abogados Sucesiones y Donaciones

Consigue un abogado especialista en Sucesiones y Donaciones cerca de ti. Recibe presupuestos de los mejores abogados y despachos de profesionales especializados en la sucesión o donación para tu caso.

Un abogado con experiencia en sucesiones te ayudará a tramitar los impuestos y la gestión de todo tipo de sucesiones. Si necesitas que un profesional te gestione los trámites tras la adquisición de bienes, aceptación de herencia o legado o los derechos de cualquier negocio a título gratuito, no dudes en contactar con un abogado que sea especialista en derecho civil y, concretamente, en Sucesiones y Donaciones.

Los mejores abogados especialistas en Sucesiones y Donaciones

  • Abogado AMA ABOGADOS, S.C.P.

    AMA ABOGADOS, S.C.P.

    AMA ABOGADOS, S.C.P. es abogado de Civil, especializado en Sucesiones y Donaciones con sede en la provincia de Avda. Primero de Mayo, Núm. 32, Bajo Izda..

    Provincia: Las Palmas

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  • Abogado Despacho Lara Serrano Antón

    Despacho Lara Serrano Antón

    Despacho Lara Serrano Antón es abogado de Civil, especializado en Sucesiones y Donaciones con sede en la provincia de Plaza Emilio Jiménez Millas, 28008 Madrid, España.

    Provincia: Madrid

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  • Abogado ABP Abogados

    ABP Abogados

    ABP Abogados es abogado de Civil, especializado en Sucesiones y Donaciones con sede en la provincia de Via Laietana, 36, 08003 Barcelona, Barcelona, España.

    Provincia: Barcelona

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  • Abogado Leticia Benedicto Crespo

    Leticia Benedicto Crespo

    Leticia Benedicto Crespo es abogado de Civil, especializado en Sucesiones y Donaciones con sede en la provincia de Plaza la Hispanidad, no 8, 16002 Cuenca, Cuenca, España.

    Provincia: Cuenca

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  • Abogado Abogados Rodenas Madrid

    Abogados Rodenas Madrid

    Abogados Rodenas Madrid es abogado de Civil, especializado en Sucesiones y Donaciones con sede en la provincia de Paseo de la Castellana, 179, 1 º C, 28046 Madrid.

    Provincia: Madrid

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  • Abogado Gema Ábalos Muñoz

    Gema Ábalos Muñoz

    Gema Ábalos Muñoz es abogado de Civil, especializado en Sucesiones y Donaciones con sede en la provincia de Calle Solarillo de Gracia, n4, 18002 Granada, Granada, España.

    Provincia: Granada

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Qué Impuesto se paga en España sobre Sucesiones y Donaciones 

El impuesto sobre sucesiones y donaciones que se paga en España se llama Impuesto de Sucesiones y Donaciones y lo gestionan las Comunidades Autónomas, marcando su jurisdicción en el tipo de gravamen, los plazos de liquidación y la cuantía. 
  Este impuesto se calcula teniendo en cuenta una serie de variables que tienen que ver con el valor de los bienes recibidos y la aplicación de reducciones y bonificaciones propias de quien lo recibe y de cada Comunidad Autónoma.   

Cómo tramita un Abogado Especialista el Impuesto de Sucesiones y Donaciones 

La tramitación de este impuesto lo gestiona de forma profesional un abogado experto en Sucesiones y Donaciones. 
Su gestión comienza con la tramitación en la Agencia Tributaria de los Modelos 650 y 651 (652 simplificado), que corresponden con los modelos que se tienen que presentar para la tramitación de un herencia o una donación. 
Una vez realizado este paso, un abogado especialista en Sucesiones y Donaciones podrá calcular la cantidad de impuesto a pagar, teniendo en cuenta las características propias de la legislación de la Comunidad Autónoma en la que se realice la tramitación y las bonificaciones y reducciones que aplicar en tu caso. 
    

Qué cantidad de dinero se considera una Donación 

Cualquier tipo de donación, por pequeña que sea, se considera una Donación y, por lo tanto, según la Ley actual, aunque sea una cantidad muy pequeña se debería declarar. 
La cifra de 3.000 €, que siempre se ha considerado la cifra límite a partir de la cual se considera se ha recibido una Donación, es la cantidad que las entidades financieras toman como mínima para comunicarlo a Hacienda.
De ahí que comúnmente se haya establecido que a partir de ese dinero, Hacienda lo entiende como Donación.   

Cuál es el Plazo para pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones 

La Agencia Tributaria tiene unos plazos máximos para solicitar el pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones que te corresponda tras recibir, por ejemplo, una herencia o una donación. Ese plazo es de 4 años. Pasado ese tiempo, al prescribir esa obligación, quedarías exento de pagar ese impuesto.

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